“El sistema de reparto D’Hondt es justo”
Un clásico de los análisis tras unas elecciones es criticar el sistema de reparto o “ley” D’Hondt (1), y sin embargo, ésta fue la conclusión, contraria a la crítica general, a la que llegaba un amigo después de que hace un par de semanas pasamos un rato haciendo los números y comparando cómo era la distribución de escaños mediante dicho sistema de reparto y un reparto proporcional. (2)
Para ello, cogimos el ejemplo de la circunscripción de la provincia de Sevilla en las elecciones generales de 2011 (3). Sevilla, entonces y a día de hoy, elige 12 diputados. En 2011 y con el sistema de reparto D’Hondt los resultados fueron los siguientes:
- PSOE: 6 escaños.
- PP: 5 escaños.
- IU: 1 escaño.
Para repartir escaños según el sistema D’Hondt se dividen los votos de cada uno de los partidos, que haya superado el mínimo establecido (3% por circunscripción), entre los números enteros 1, 2, 3… y se van adjudicando escaños a los cocientes mayores. En el caso de Sevilla en 2011, el último escaño asignado fue el sexto al PSOE, para un cociente de 73.610 votos. Todo ello se puede ver en la tabla de debajo.
Para llegar a lo que sería un reparto proporcional habría que dividir el número total de votos válidos entre el número de escaños (12 en el caso de Sevilla) y se obtiene el ratio “Votos / escaño”. Después, habría que dividir el número de votos de cada partido entre dicho ratio “Votos / escaño”. Del resultado, se separa del cociente la parte entera de la parte decimal (resto). Los enteros se traducen en escaños directamente, mientras que los escaños pendientes se adjudicarían a los restos superiores. En este caso irían a PP y a UPyD.
Es ese escaño que se adjudica a UPyD, en vez de al PSOE (que sería el sexto que tiene según el sistema D’Hondt), el que hace que se diga que el sistema D’Hondt perjudica a los partidos pequeños, que favorece mayorías, que no es proporcional o que es “injusto”. Mientras que las tres primeras afirmaciones son factuales, la cuarta (“es injusto”) es un juicio de valor. Para valorar este juicio se puede hacer otro pequeño ejercicio, consistente en calcular los ratios de votos obtenidos entre escaños adjudicados por un sistema u otro.
Haciendo dicho cálculo se obtiene que el ratio para el PSOE con los 6 escaños obtenidos según el sistema D’Hondt (73.610) es superior al que hubiese obtenido UPyD de haber obtenido un escaño según un sistema proporcional (58.415). Por tanto, un observador imparcial podría llegar a la conclusión de que, de hecho, el sistema D’Hondt es justo.
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(1) En círculos donde la gente ha hecho o leído análisis más profundos, se apunta a la división en circunscripciones y los diputados asignados a cada una de ellas.
(2) En la página web de la Wikipedia que explica el sistema D’Hondt también se ofrece una comparación entre dicho sistema y el sistema de reparto proporcional o método del resto mayor.
(3) Este ejemplo permite valorar los sistemas de reparto sin el calor de la actualidad. Invito al lector a coger cualquier otra provincia, los resultados de las elecciones del 26J de 2016 y repetir el ejercicio. Los resultados de Sevilla se pueden ver en este enlace de la web del Ministerio del Interior.