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Impuestos en Francia vs. España (actualización 2012)

Hace un año escribí una entrada en el blog comparando las tablas del impuesto sobre la renta (IRPF) en España y Francia. Durante 2012, esa entrada ha sido una de las más leídas. Sin embargo, desde que escribí aquel post ha habido cambios en los tramos debido a las subidas de impuestos del gobierno (en Francia, para 2012, las tablas se mantienen constantes). Por tanto, entendía que era necesario actualizar esa tabla con esta nueva entrada y una referencia en la entrada original a ésta. (*)

Tabla comparando tramos del impuesto sobre la renta en Francia y España (ref. ingresos de 2012)

Usaré para hacer la comparación el mismo ejemplo que en el post del año pasado.

Aclaración básica: la forma en que se interpretan los tramos es la siguiente. Por ejemplo, para un salario bruto de 35.000€, en Francia los primeros 5.983€ están exentos de retención (5.050€ en el caso de España), los siguientes 5.933€ (diferencia entre 11.896€ y 5.963€, en el caso francés) tienen una retención del 5,5%, los siguientes 14.524€ (diferencia entre 26.420€ y 11.896€, en el caso francés) tienen una retención del 14%, y así hasta llegar a los 35.000€.

En resumen, para un salario bruto de 35.000€, en Francia se pagarían 4.934€ (un 14,1%) y en España, 8.520€ (un 24,3%). En Francia se pagarían por tanto 3.586€ menos en impuestos sobre la renta (un 10% menos).

Como veis, en Francia el impuesto sobre la renta (“IRPF”) es menor en cada tramo. La contribución que hacen los trabajadores a la Seguridad Social es sin embargo mayor (algún día pondré esa comparación), con lo que al final las cantidades son similares.

En el post del año pasado la cifra de impuestos en España resultaba 8.131€ (un 23,3%) frente a los 8.520€ (24.3%) de este año. Es decir, para alguien con un salario bruto de 35.000€ la subida de impuestos se traduce en un ~1%, o algo menos de 400€ (que ya habrá notado en las retenciones que practican las empresas).

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(*) Mantendré la entrada original, con la tabla desactualizada, para que quede a modo de histórico y se pueda comparar con la nueva.

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Ingresos medios en España en 2007: 17.116€

Hace unos días publicaba una serie de tablas que recopilé 2007 sobre la economía española. En una de ellas aparecían datos sobre la declaración del impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF) de 2007: número de declarantes en cada tramo, importe abonado por los declarantes de cada tramo, media por declarante…

El primer post a publicar a partir de esa tabla era inmediato: ¿cuál era el salario medio en España en 2007 a partir de los datos de la declaración del IRPF?

Primer paso: encontrar cuales eran los tramos del IRPF del año 2007 (hay que notar que estos tramos son diferentes a los 2010, que publiqué en otro post, y a los de 2012 – que tendré que comparar algún día con los de Francia en 2012).

Tramos de IRPF en 2007 (fuente: El Economista).

A partir de los tramos, se puede ir calculando el importe abonado por los declarantes en cada tramo; es decir, alguien que declaró 35.000€:

  • no pagó por los primeros 5.050€ (“mínimo vital”).
  • pagó un 24% por los 12.310€ entre el mínimo vital y los 17.360€ del límite del tramo.
  • pagó un 28% por los 15.000€ del siguiente tramo.
  • pagó un 37% por los 2.640€ del siguiente tramo (de 32.360€ a sus 35.000€).

Según lo que los declarantes abonan en cada tramo y el tipo en cada tramo, se pueden calcular los ingresos medios declarados en 2007 para cada tramo y para el total. Es decir, el ingreso medio en España en 2007 para los casi 19 millones de españoles que completaron la declaración de la renta. Adjunto debajo la tabla resultante:

Ingresos medios en España en 2007 calculados a partir de los datos de la declaración del IRPF de 2007.

El resultado: el ingreso medio declarado en 2007 fue de 17.116€ (ver nota).

El paso siguiente también es obvio, buscar entre las fuentes y dar con el dato de 2010, que debería estar disponible.

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NOTA: En la tabla incluyo un par de comentarios. En el segundo menciono que tras realizar el cálculo para los tramos de 12 a 21k€ y de 21 a 30k€ resultan unos ingresos medios menores que el mínimo del tramo. Este resultado es incoherente. Entiendo que debe ser por deducciones que el declarante obtiene por su situación personal (hipotecas, personas a su cargo), por tanto, este método es insuficiente para obtener un resultado final, ya que dichas deducciones pueden minorar el importe pagado en cantidades no despreciables en los tramos inferiores (para los tramos superiores, las deducciones suponen un porcentaje menor).

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Impuestos en Francia vs. España

Debido a la subida de impuestos aprobada por el gobierno a finales de 2011, la tabla de este post ha quedado desactualizada. En esta otra entrada (hacer click en el enlace) se encuentra la comparación con las nuevas tablas.

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Desde que vine a Francia, varias veces me han hecho preguntas acerca de los impuestos. La última hace unos pocos días. Dado que hice la búsqueda recientemente para responder, en esta entrada simplemente voy a dejar una tabla comparativa a la que poder referirme en el futuro.

Tabla comparando tramos del impuesto sobre la renta en Francia y España (ref. 2011, ingresos de 2010)

Aclaración básica: la forma en que se interpretan los tramos es la siguiente. Por ejemplo, para un salario bruto de 35.000€, los primeros 5.983€ están exentos de retención (5.050€ en el caso de España), los siguientes 5.933€ (diferencia entre 11.896€ y 5.963€, en el caso francés) tienen una retención del 5,5%, los siguientes 14.524€ (diferencia entre 26.420€ y 11.896€, en el caso francés) tienen una retención del 14%, y así hasta llegar a los 35.000€.

En resumen, para un salario bruto de 35.000€, en Francia se pagarían 4.934€ (un 14,1%) y en España, 8.131€ (un 23,3%). En Francia se pagarían por tanto 3.198€ menos en impuestos sobre la renta.

Como veis, en Francia el impuesto sobre la renta (“IRPF”) es menor en cada tramo. La contribución que hacen los trabajadores a la Seguridad Social es sin embargo mayor (otro día pondré esa comparación), con lo que al final las cantidades son similares.

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¿Cómo aflorar la economía sumergida?

Por todos es conocido el nivel que la economía sumergida tristemente alcanza en España (“Dinero B”, “¿Con IVA o sin IVA?”, “Ay, si quiere factura le tendré que cobrar el IVA”). En junio la Fundación de Cajas de Ahorro (FUNCAS) estimaba que la economía sumergida podía suponer hasta un 24% del P.I.B.

¿Cómo conseguir aflorar parte de estos movimientos de dinero? ¿Qué incentivo puede haber para el comprador en pagar el IVA? ¿Qué incentivo hay para el vendedor en declarar esos ingresos?

Hace unos meses contraté a una empresa de servicios que envía a una persona un par de veces al mes a limpiar el piso donde vivo. Esta es una de las típicas tareas que en España se mueve en dinero B. “¿Cómo voy a hacer yo un contrato a la señora de la limpieza?” “¿Cómo voy a contratarla a través de una empresa intermediaria si me va a costar más caro?”

En Francia me he encontrado con una idea muy simple a la vez que brillante: los gastos en estos tipos de servicios (limpieza, plancha, cuidado de niños, jardinería…) permiten una deducción en impuesto de la renta del 50% de lo gastado hasta un límite (muy superior a lo que yo vaya a gastar al año). Es decir, por cada 100€ que yo gaste en limpieza, me podré deducir 50€ de impuestos.

En España estos servicios se pagan entre 8 y 10 euros por hora, en negro. La persona que realiza el servicio no declara el ingreso, no paga impuestos sobre ello, no cotiza a la seguridad y no pagamos IVA por la transacción.

En Francia estos servicios cuestan entre 18 y 20 euros por hora. Pero teniendo en cuenta que me deduciré la mitad, me acaba saliendo por el mismo precio.

  • Se establece un contrato de servicios entre una empresa y yo.
  • La empresa contrata a un limpiador, un contable, unos comerciales.
  • Se contrata un seguro que cubre posibles desperfectos o robos, dando al usuario un valor añadido.
  • La factura que me pasan lleva IVA (“TVA”).
  • La empresa paga impuesto de sociedades si tuviese beneficios, de actividades económicas y seguridad social al trabajador.
  • El trabajador paga su impuesto sobre la renta y cotiza a la seguridad asegurándose su desempleo y jubilación.
  • El hecho de haber una empresa intermediaria crea una serie de puestos de trabajo que en España no existirían, además de compras de materiales y servicios (oficina, líneas de teléfono e internet, material de oficina…)

Y todo por esos 50€ que el estado francés dejará de ingresar a través de mis impuestos directos. ¿Por qué me debe subvencionar Francia ese gasto, qué interés tiene? Vamos a ver los números y veréis como le cuadra al estado.

La limpieza del hogar en Francia en números.

Al hacer las cuentas he impuesto que el trabajador reciba un neto equivalente al que recibiría en negro. De ese modo, su incentivo estaría claro: a igualdad de ingresos, mejor estar cotizando a la seguridad social. El precio hora para el usuario finalmente es 1€ más caro en Francia, lo he dejado así en vez de retocar beneficios de la empresa, etc., para poner en valor el extra que el usuario recibe en forma de seguro contra desperfectos y robos, atención de los comerciales, etc. Todo esto al final del año pueden suponerme unos 40€, entiendo que están bien pagados.

Como se puede ver, al estado francés el aflorar 9€ de esta economía sumergida parece que le cuesta 2,30€. Pero hay que tener en cuenta que los gastos generales también suponen ingresos al estado (impuestos sobre la compra de materiales e impuestos y seguridad social de los otros trabajadores de la empresa).Además hay que tener en cuenta que de esta forma el estado se asegura que la persona que realiza la limpieza está trabajando de forma legal y por tanto no está a la vez registrada como desempleada y cobrando un subsidio de desempleo, caso que sucede en España a menudo.

Teniendo en cuenta estos últimos comentarios, es posible que al estado francés le cuadren del todo las cuentas o incluso acabe ingresando más / gastando menos que si no existiese esta medida.

Me parece brillante.

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